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El dolor de cabeza por la tarifa de energía en el departamento del Cesar

 

Por: ALVARO YAGUNA NUÑEZ

 

 

Mencionar solamente al departamento del Cesar en este breve análisis sobre la sensibilidad de la tarifa de energía eléctrica, es quizá limitar profundamente la incidencia negativa en la prestación de un servicio básico, en el escenario circundante de La Costa Atlántica, por ejemplo.

Actualmente, en los medios masivos de difusión regional se señala la gran afectación en el usuario del común, del alza inusitada de la tarifa mencionada, llegándose a una generalización y clamor ciudadano que cada día se muestra imposibilitado y literalmente impedido, por falta de recursos, para cancelar un servicio que se tornó impagable. Con relación a la última facturación, la entidad operadora, AFINIA, no ha dado las explicaciones y debidas socializaciones, conforme al rigor de lo establecido en la todavía vigente Ley 142 de 1993, la de Servicios Públicos Domiciliarios.

En aras de coadyuvar y esclarecer razones acerca del complejo tema de marras, nos dimos a la tarea de investigar un poco acerca, por ejemplo, de la conformación de la tarifa de energía, para un usuario promedio del estrato 4, en la ciudad de Valledupar; la analogía y comportamiento tarifario, creemos, serviría para aclarar las dudas que hoy se ciernen entre los desorientados usuarios.

Según el instructivo diseñado por la entidad operadora, la tarifa de energía eléctrica está definida por los siguientes parámetros:

G: GENERACION: Es el costo de producir energía mediante la utilización de diferentes fuentes (Agua- Gas- Diesel-Carbón, Viento u Otros).

T: TRANSMISION: Son los costos de transportar energía desde los sitios de producción hasta la entrada a las regiones o sitios de gran consumo.

PR: PERDIDAS RECONOCIDAS: Se definen como los costos desagregados de las pérdidas de la energía eficiente en que se incurren para que llegue la energía al usuario final.

R: RESTRICCIONES: Es el costo que se genera por condiciones en la red, las cuales limitan la capacidad de transporte de energía.

D: DISTRIBUCION: Es el costo facturado por distribuir el producto (Energía), desde el sitio de entrada a las regiones, hasta el domicilio del usuario final.

C: COMERCIALIZACION: Se define como el costo de comprar y vender energía e incluye los costos de facturación, lectura de medición y atención de usuarios, entre otros.

Como puede observar el desprevenido lector/usuario, el operador es bastante acucioso y minucioso en el establecimiento de una variada escala de conceptos, que de una u otra manera sensibilizan¨ negativamente el costo unitario del kilovatio/hora/mes, pagadero en cada periodo de la anualidad correspondiente.

Continuando con la realización del ejercicio pertinente, tendiente a explicar el aumento inopinado de la facturación actual, nos permitimos presentar el siguiente cuadro de costos comparativos, reiteramos, para establecer diferencias y llegar a las debidas conclusiones.

GENERACION MES ANTERIOR: $374.27(*)

GENERACION MES ACTUAL: $371.54

TRANSMISION MES ANTERIOR: $44.25

TRANSMISION MES ACTUAL: $51.24

PERDIDAS RECONOCIDAS MES ANTERIOR: $173.72

PERDIDAS RECONOCIDAS MES ACTUAL: $176.56

RESTRICCIONES MES ANTERIOR: $0.06

RESTRICCIONES MES ACTUAL: $27.56

DISTRIBUCION MES ANTERIOR: $207.68

DISTRIBUCION MES ACTUAL: $217.19

COMERCIALIZACION MES ANTERIOR: $131.70

COMERCIALIZACION MES ACTUAL: $221.56

(*): Único concepto que no se aumentó con relación al mes anterior.

Complementando       el análisis       tarifario,    el costo          del kilovatio/hora/mes para el mes anterior (usuario promedio del estrato 4), fue de$994.85; para el periodo actual fue de $1065.66. La diferencia en el costo unitario fue de $70.81

Este último valor, significativo, por cierto, fue el causante de la ¨disparada¨del valor de la última factura, expedida por la operadora AFINIA, en la capital del Cesar.

Hasta este momento lo que se tiene es un alza inopinada en el costo del kilovatio/hora/mes, correspondiente a un porcentaje aproximado del 7.11%, valor que en los próximos meses podría aumentarse, en consideración a la siguiente situación:

En Valledupar, la operadora del sistema de energía eléctrica, AFINIA, en los últimos días viene realizando actividades de hincado de postes de gran altura, con la finalidad de instalar equipos de medida ¨inteligentes¨, dotados de un sistema de sensores y señales leídos a control remoto, obviando la lectura tradicional realizada por operadores y expertos, que, en un futuro mediático, serian desplazados u ocupados en otra actividad afín. Dios permita que no se incurra en otro acto de injusticia laboral. En estas condiciones, creemos que para el usuario se viene una escalada de costos que incrementarían el valor de la factura; nos referimos sucintamente a los costos de estructuras, hincado, mano de obra, costos del nuevo medidor, su calibración y lógicamente, su financiación ;sin pecar de agorero y pesimista, en torno a la situación de los costos del servicio de energía eléctrica, se prevén reclamos, demandas y acciones de grupo con relación al retiro de  equipos de medida, todavía en buen estado, sin perjuicio de los intereses del operador.

Ojalá, en el tenor y alcance de la vigente, repito, Ley 142 de 1993, se respalden los derechos y deberes de los usuarios. De igual manera, es la oportunidad para que la Comisión De Regulación de Energía y Gas (CREG), se pronuncie y oriente debidamente al gobierno en turno a tomar decisiones, en favor de los usuarios, sin ir en contra o detrimento de quienes siempre han ejercido una posición dominante, categórica y contundente,     en síntesis,     obrar debidamente, sin olvidarse para que fue concebida y creada.

ALVARO ENRIQUE YAGUNA NUÑEZ

Alya2302@hotmail.com

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