Por irregularidades evidenciadas en la ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en el departamento del Cesar, la Contraloría General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal por $1.723 millones de pesos contra el entonces Secretario General de la Gobernación de este departamento, Jaime Luis Fuentes Pumarejo (quien hoy desempeña el mismo cargo), y el exsecretario de Educación Departamental, Jorge Eliecer Araujo Gutiérrez.
Al igual que contra los miembros del consorcio contratista Alimentando Un Cesar Más Educado (la Fundación KÁBALA -hoy Fundación ACSI-, la Asociación de Manipuladores de Alimentos del Cesar y la Corporación Corazón País)
Por tratarse de una decisión de segunda instancia, el fallo condenatorio hace tránsito a Cosa Juzgada Fiscal, por lo que se trata de una decisión en firme que obliga a los condenados antes mencionados, ya que contra dicha providencia no proceden más recursos.
Es de resaltar que el proceso de responsabilidad fiscal se abrió el 12 de enero de 2017 y se falló en segunda instancia el 23 de agosto del 2018.
El contrato cuestionado
Se trata del contrato suscrito el 15 de enero de 2015 por la Gobernación del Cesar, con el Consorcio Alimentando un Cesar Más Educado, conformado por la Fundación KÁBALA, representada entonces por María Angélica Araujo Noguera; la Asociación de Manipuladores de Alimentos del Cesar, representada entonces por Ivis del Carmen Rosado Robles; y la Corporación Corazón País, representada entonces por María I. Pacheco Izquierdo.
Dentro del consorcio, la Fundación KÁBALA tenía un 50% de participación; la Asociación de Manipuladores de Alimentos del Cesar tenía un 40% de participación; y la Corporación Corazón País se presentó con el restante 10% de participación.
El objeto del contrato suscrito entre las partes era la “prestación de servicios de alimentación escolar a los niños, niñas y adolescentes escolarizados en las áreas rural y urbana del departamento del cesar (sic), acorde a los lineamientos técnico administrativos y estándares del programa de alimentación escolar – PAE”[1].
El valor inicial del contrato se acordó en la suma de $23.538 millones y tendría un plazo de ejecución de 81 días del calendario escolar. El valor pactado por ración para Complemento Alimenticio en la Jornada de la Mañana se estableció en $1.760, y el del Almuerzo en $2.330.
Sin embargo, el Anexo N° 02 de los estudios previos del contrato, preveía el valor del IPC, con un porcentaje del 4,4%, dentro de los criterios para la determinación del valor de la ración. De igual forma el cálculo incluyó un 5% para imprevistos, contemplando expresamente que dicho rubro se pagaba para prever cualquier alza en los precios de los alimentos. Se contempló también en el contrato otro 5% de utilidad.
Quiere decir lo anterior, que se calculó el precio de las raciones alimentarias incluyendo no sólo un 4,4% de incremento a partir del I.P.C., sino que la Gobernación pagó un 5% adicional previendo eventuales alzas de precios.
El criterio entonces para establecer la actualización o revisión de los precios del contrato auditado por la Contraloría generó un reconocimiento adicional a favor del contratista, quien recibió tanto el 4,4% por concepto de IPC, como un 5% por concepto de imprevistos, con lo que se duplicó así la suma contemplada como utilidad del contrato.
Durante su ejecución, el contrato fue sujeto de adiciones y modificaciones en valor y tiempo, quedando al final por $35.161 millones, después de una adición en dinero por $11.623 millones y 40 días en el plazo.
Al revisar la Contraloría la ejecución financiera del contrato, así como el Acta de Liquidación del mismo, se evidencia que al momento de la terminación del contrato al operador del Programa se le habían pagado por parte de la Gobernación más de $34.632 millones, de los cuales la Contraloría estableció en $1.261 millones la cuantía del hallazgo fiscal por el detrimento patrimonial causado por este concepto.
Se contrató a precios muy superiores a los contratados por Mineducación.
Dentro del proceso, la Contraloría analizó las circunstancias especiales del PAE, evidenciando como para la misma vigencia investigada, el Ministerio de Educación Nacional había contratado las mismas raciones a un precio de $943 para la jornada de la mañana y $1.282 para almuerzos, precios y condiciones que habrían sido de conocimiento de los contratistas de la Gobernación condenados por este proceso.
Los costos manejados por el Ministerio de Educación Nacional en similares circunstancias de tiempo, modo y lugar, fueron muy inferiores a las finalmente contratadas por la Gobernación del Cesar para la vigencia 2015, a razón de $789 pesos de sobreprecio por ración de la jornada de la mañana, y de $1.010 de sobreprecio en almuerzos.
Pérdida adicional de recursos
De igual forma, el mencionado contrato 2015-02-0041 del 15 de enero de 2015, estableció un valor de $84 por concepto de estampillas para el complemento alimentario de la jornada de la mañana, y otro por $111 para el de almuerzos, lo que equivalía al 5,5% del costo parcial de cada ración.
Sin embargo, de conformidad con lo establecido en los propios estudios que hicieron parte de la contratación, se había determinado que el porcentaje destinado a estampillas no superaría el 4,5% del valor de la ración, por lo que dentro de la estructuración del costo por ración se produjo una sobreestimación en la tasación de la estampilla (del 1% del valor de la ración), recibidos por el contratista en exceso de lo previsto en los estudios del contrato.
Las deficiencias tanto en la planeación financiera del contrato, así como durante la ejecución del mismo, y que fueron evidenciadas por la Contraloría General de la República, llevaron a una pérdida adicional de recursos en cuantía superior a los $203 millones de pesos, dineros que se hubieran debido invertir en el mejoramiento de la calidad de las raciones entregadas.
Si no se hubiera computado el 4,4% del IPC, ni el valor de más por las estampillas del 1%, el precio de las raciones hubiera oscilado entre $1.681 para la jornada de la mañana, y $2.225 para almuerzos, todo esto sin considerar la sobreestimación de los precios al compararlos con las tarifas contratadas por el Ministerio de Educación Nacional.